El kit digital es una ayuda que el gobierno ha implantado, dirigida a pymes, microempresas y autónomos, para que puedan digitalizarse tanto en los servicios como en su forma de trabajar, ya que apenas un 18% de las pymes españolas (el 97% del tejido empresarial) han integrado con éxito las tecnologías digitales, lo que supone una clara desventaja en el entorno europeo.
Procedimiento
Hay tres plazos dentro del Kit Digital:
- Entre 10 y 49 empleados, (desde el 15 de marzo) optan a una ayuda de 12.000 euros.
- Entre 3 y 9 empleados, (en torno al mes de junio) optan a 6.000 euros.
- Hasta 2 empleados, (prevista para el mes de septiembre) y podrían recibir una ayuda de 2.000 euros.
Para solicitar las ayudas hay que registrarse en una página web y rellenar un test de autodiagnóstico que indica el nivel de madurez digital que tiene la empresa. Son 13 preguntas y se realiza en unos 10 minutos aproximadamente. Una vez que tienes esa documentación, se solicita la ayuda.
Entre los requisitos para acceder a las ayudas, las bases de la convocatoria establecen que las pymes deberán estar al día con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y no deberán tener la consideración de empresa en crisis, salvo que esta sea consecuencia de la pandemia.
Puede parecer un proceso laborioso, por lo que las empresas pueden delegar todo el procedimiento en agentes voluntarios, tanto el papeleo de la solicitud como la posterior justificación sobre el uso de la subvención.
Agentes digitalizadores
Los agentes digitalizadores serán las empresas que ofrecerán sus soluciones digitales, estando habilitadas para suscribir un acuerdo de colaboración con los beneficiarios de las ayudas del Kit Digital o programa Digital Toolkit y se encargarán de acompañarlos en su proceso de transformación digital.
El beneficiario y el agente digitalizador negocian, firman y formalizan un acuerdo de prestación de soluciones de digitalización. Tras la formalización del acuerdo, el agente digitalizador ofrece la solución tecnológica durante 12 meses, y emite una única factura con el importe total, indicando la cuantía subvencionada.
El beneficiario cederá el derecho a cobro del importe subvencionable en favor del agente digitalizador, y realizará el abono de los gastos no subvencionables, como el IVA. Tampoco son subvencionables la adquisición del hardware o los servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
Soluciones disponibles
Se podrán elegir tantas soluciones digitales como se necesiten hasta consumir el importe de la subvención, pero solo se podrá elegir una solución digital por categoría. No es condición consumir la totalidad del bono recibido: si por ejemplo tenemos un bono digital de 12.000€ podemos gastar en las soluciones digitales que necesitemos por valor de 8.000€ y el resto devolverlo.
Si eres una pequeña o mediana empresa o un autónomo y necesitas mejorar la digitalización y las habilidades digitales de tus empleados, esta es una gran oportunidad para acelerar e innovar en tu propuesta empresarial.