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Ley de Segunda Oportunidad: todo lo que debes saber

Artículo sobre Ley de segunda oportunidad publicado por Doiser

Ley de Segunda Oportunidad: todo lo que debes saber

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La ley concursal hace tiempo que ofrece la posibilidad a todo tipo de empresas de acogerse a un concurso de acreedores para afrontar una situación de insolvencia ante sus obligaciones económicas. El objetivo de este mecanismo es dar salida a una situación en el que la empresa no puede hacer frente a sus pagos y no consigue llegar  aun acuerdo con sus acreedores para reducir el pasivo hasta el punto en que le sea posible hacerle frente. El concurso de acreedores puede desembocar en la exoneración total de las deudas por parte de la empresa deudora.

La Ley de Segunda Oportunidad tiene como objetivo ofrecer un mecanismo similar a personas físicas, autónomos y particulares, que no pueden hacer frente a sus deudas. Esta ley, cuyo nombre oficial es Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, entró en vigor en el año 2015, pero en la actualidad todavía tiene una implantación en nuestro país mucho menor que en otros países vecinos, que disfrutan de marcos legales similares. A estas alturas, muchas personas que podrían acogerse a esta ley para solucionar su situación, que es en muchos casos crítica, desconocen que existe, y pierden una preciosa ocasión para empezar de cero y, como el nombre popular dado a la ley indica, disfrutar de una segunda oportunidad.

En este artículo vamos a intentar poner algo de luz sobre la Ley de Segunda Oportunidad, con el objetivo de contaros todo lo que necesitáis saber sobre la misma.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?


Como comentábamos, toda persona física, tanto si es particular como un trabajador autónomo, puede potencialmente acogerse a esta ley, siempre y cuando pueda demostrar que se encuentra en una situación de insolvencia para hacer frente a sus obligaciones económicas ante sus acreedores.

¿En qué situaciones puedo acorgerme a la Ley de Segunda Oportunidad?


Es una pregunta muy habitual ya que, aunque nos encontremos en una situación en la que no podemos hacer frente a nuestros pagos, no siempre tenemos claro si el perfil de deudas o el nivel de insolvencia son adecuados para acogernos a la Ley de Segunda Oportunidad.

La respuesta a esta pregunta es sencilla, y es que en principio cualquier tipo de deuda es susceptible de encajar en los criterios de la ley, excepto aquellas contraidas con las Administraciones públicas, como es el caso de la Seguridad Social o la Agencia tributaria.

  • Deudas adquiridas con empresas, ya sean proveedores de servicios o por la compra de bienes físicos.
  • Préstamos hipotecarios a los que no podemos dar respuesta, ya sea por un cambio en nuestros ingresos, por algún problema personal o porque nos hemos quedado sin trabajo.
  • Préstamos personales suscritos, sean del tipo que sean, que no podemos pagar.
  • Deudas contraídas con otras personas físicas.
  • Deudas acumuladas por tarjetas de crédito a las que no podemos hacer frente.

¿Qué requisitos se deben cumplir para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?


La Ley de Segunda Oportunidad contempla una serie de requisitos que el deudor que quiere acogerse a ella debe cumplir, los detallamos a continuación:

  • Que se haya intentado por parte del deudor pactar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
  • Que no se considere por parte del juez que la situación de insolvencia haya sido generada a propósito por el propio deudor.
  • Que el deudor no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos​ ​ de​ ​ los​ ​ trabajadores. Por otro lado, el deudor no se habrá podido acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos 10 años.
  • Que el deudor no haya rechazado ningun empleo acorde a sus capacidades en los 4 años últimos años.

¿Qué pasos hay que realizar para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?


Antes de nada, te recomendamos que en caso de querer acogerte a esta ley te pongas en manos de un despacho de abogados experto en este campo, ya que el proceso implica cierta complejidad y es necesario contar con un servicio de asesoría y representación legal profesional. 

El proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad se puede resumir en los suiguientes pasos o estadios:

  • Acuerdo extrajudicial: El deudor deberá intentar llegar aun acuerdo estrajudicial con los acreedores, de modo que se intente pactar una reducción importante del pasivo. Para gestionar y centralizar la gestión de este estadio se solicitará el nombramiento de un mediador concursal.
  • Solicitud de "concurso de acreedores": Si no se consigue llegar a un acuerdo entre ambas partes, se solicitará un proceso parecido a un concurso de acreedores, pero con las particularidades comentadas y orientado a personas físicas, mediante el que se intentará justificar la insolvencia del deudor y su imposibilidad de hacer frente a la deuda contraída.
  • Solicitud de exoneración del pasivo: Al haber dejado pantente la imposibilidad de hacer frente a las obligaciones económicas contraídas y al no haber podido llegar a un acuerdo extrajudicial entre ambas partes, se solicitará la exoneración total de pasivo al juez que, si así lo considera, exonerará al deudor del pago de todas sus deudas.
Esperamos que este artículo te haya servido para familiarizarte con esta ley, todavía una gran desconocida para muchas personas.

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