El Reglamento sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas de 2021, también llamado Reglamento e-Privacy, es una norma en materia de protección de datos que viene a sustituir a la Directiva ePrivacy de 2020 (también conocida como la Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).
Aunque su aprobación inicial estaba prevista para el año 2018, se ha hecho de esperar y no ha sido hasta el presente año que, por fin, ha quedado fijado ya el texto definitivo. Dado que introduce determinadas ventajas con respecto a la normativa anterior, vale la pena repasar su contenido.
¿Qué es el Reglamento e-Privacy?
Como hemos dicho, la aprobación de este reglamento lleva dando vueltas por las instituciones europeas desde hace más de tres años. Sin embargo, no ha sido fijado hasta el pasado 10 de enero de este 2021, momento en el que quedó marcado el contenido definitivo.
En él han intervenido tanto el Parlamento Europeo como el Consejo de la Unión Europea y tendrá como marco geográfico de aplicación todo el interior de los estados miembros de la Unión. Ahora bien, esto no es tan superficial como en las legislaciones anteriores, pues ahora los que quedan cubiertos son todos los usuarios finales ubicados en la UE, aunque el proveedor o el tratamiento de los datos se diera fuera de las fronteras de la Unión.
Como es evidente, y tal y como indica su nombre, su contenido gira en torno a la materia de la protección de datos, a la cual la UE ha prestado siempre tanta atención. Sin embargo, para poder entender bien su aplicación es importante que analicemos las novedades que plantea.
Diferencias que ofrece frente al marco legal actual
En comparación al régimen anterior (y todavía presente) de la RGPD y de la LOPDGDD, este nuevo reglamento introduce novedades sobre los siguientes puntos:
- Esta normativa pasa a cubrir en su totalidad todo tipo de comunicaciones de clase electrónica, así como las transmisiones de datos de una máquina a otra y los metadatos. Se hace referencia explícita a la hora, la ubicación y demás información de los usuarios.
- La protección es tan extensa ahora que, para poder escuchar, procesar, supervisar o realizar cualquier otra clase de recopilación de datos sobre comunicaciones de tipo electrónico dentro de las fronteras de la Unión se exige un consentimiento explícito, afirmativo y determinado por parte del usuario.
- Tal consentimiento se extiende al empleo de rastreadores, cookies y, en general, a cualquier otro tipo de tecnología destinada al almacenamiento de datos de tipo personal en cualquier equipo terminal.
- Del mismo modo, se hace obligatoria la posibilidad de incluir muros de cookies y utilizar cualquier equivalente similar que no implique el uso de rastreadores.
- Se abre el concepto de lista blanca como lugar en el que incluir a aquellos proveedores que los usuarios consideren dignos de confianza, de manera que queden automáticamente aceptadas sus cookies. Eso sí, siempre ha de ser posible modificar tal lista para retirar o añadir a cualquier otro proveedor en cualquier momento.
¿Cuándo entrará en vigor?
En principio, este nuevo reglamento entrará definitivamente en vigor exactamente dos años después del momento de su aprobación. En general, existe oposición por un sector amplio de empresas dado que, después de hacer el enorme esfuerzo para adaptarse completamente al contenido de las legislaciones anteriores, ahora la Unión plantea una nueva.
Por ese mismo motivo, el proceso de aprobación y entrada en vigor se lleva retrasando desde hace años. De hecho, aunque ya te hemos dicho que el texto ha quedado fijado, es muy posible que todavía se susciten multitud de debates que introduzcan potenciales cambios. En todo caso, se prevé que para finales de 2023 el reglamento comience a estar en funcionamiento.
La importancia de las empresas de protección de datos
Tal y como te hemos apuntado en el apartado anterior, uno de los sectores que con mayor fuerza se oponen al contenido de este nuevo reglamento es el de las empresas. La razón es la referida complejidad de adaptarse a un nuevo reglamento en materia de protección de datos que, por cierto, incluye cuantiosas sanciones en caso de incumplimiento.
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