Como parte importante de la fiscalidad de tu empresa, el cálculo de los seguros sociales es una de esas tareas recurrentes que debes llevar a cabo y que consumen una parte importante de tu tiempo, ya seas autónomo o tengas una pyme.
El problema añadido es que muchas veces no está muy claro qué es lo que hay que tener en cuenta para calcularlos correctamente. ¿Qué parte corre a cargo de la empresa? ¿Se aplican siempre los mismos conceptos o hay aspectos que varían con el tiempo? A continuación vamos a analizar cómo llevar a cabo este proceso para que la próxima vez te resulte más fácil.
¡Vamos allá!
¿Qué son los seguros sociales?
Se trata de aportaciones al sistema de Seguridad Social que serán utilizados posteriormente para cubrir diversas contingencias (paro, bajas por enfermedad, licencias de maternidad, etcétera). Es decir, el objetivo de estos pagos es el de actuar como un seguro laboral cuando, por circunstancias contempladas en la ley, el trabajador no pueda ejercer su actividad.
Quizás te estés preguntando quién paga los seguros sociales. Hay que aclarar que no solo los trabajadores contribuyen a este aporte, sino que la empresa también debe hacerlo. De esta forma, un porcentaje del total es retenido del salario del empleado y otro es aportado directamente por la compañía que lo contrata, ya sea un autónomo o una pyme con empleados.
Esta es una de las razones por la que es tan importante que todos los trabajadores deban estar dados de alta en la Seguridad Social desde el primer día de contratación hasta el último. Por eso, una de las obligaciones de la empresa contratante es la de notificar las altas y bajas en las fechas correspondientes, avisando de cualquier cambio en la mayor brevedad posible para evitar errores.
¿Cómo debemos realizar el cálculo?
La cantidad de la cotización varía entre unos empleados y otros. Incluso puede cambiar entre un mes y otro en la misma nómina. Además, debes tener en cuenta que el aporte no es el mismo para el trabajador que para la empresa que lo contrata. Entonces, ¿cuál es la forma correcta de realizar este cálculo? ¿Por qué varía?
El cálculo de los seguros sociales dependerá de diversos factores, como el salario del empleado, las bases de cotización y el porcentaje que se aplica a cada base.
Legalmente, existen tres tipos de bases de cotización. La primera es por contingencias comunes, la segunda es por contingencias profesionales y de recaudación conjunta y la tercera es la base sujeta a la retención de IRPF. Sin embargo, para realizar el pago de los seguros sociales solo es necesario calcular las dos primeras.
De ambas bases han de extraerse los diferentes porcentajes que se utilizarán para determinar la cantidad final:
- Por contingencias comunes, el empleado abonará el 4,7 % de su BCCC, mientras que la empresa pagará el 23,6 % del BCCC del trabajador.
- Por accidentes laborales o enfermedades profesionales, el aporte lo hará íntegramente la empresa y el importe dependerá de cada trabajador.
- Por horas extras normales, el trabajador aportará el 4,7 % del pago percibido, mientras que la empresa pagará el 23,4 %.
- Por horas extras de fuerza mayor, el porcentaje que debe abonar el trabajador es del 2 %, mientras que el de la empresa es el 12 %.
- Por concepto de desempleo, el trabajador hará un aporte de entre 1,55 y 1,6 % de su base de contingencias profesionales y la empresa lo hará con un porcentaje entre el 5,5 % y 7,7 % de la BCCC.
- Por formación profesional, el trabajador pagará el 0,1 % de su base de contingencias profesionales y la empresa un 0,6 % de la BCCC.
- Por el Fondo de Garantía Social (FOGASA), el trabajador no contribuirá, mientras que la empresa lo hará con el 0,2 % de la BCCC del trabajador.
Además, para poder hacer un cálculo preciso de estos importes debemos estar atentos a los cambios anuales en la fiscalidad y las bases de cotización mínimas y máximas.
RLC y RNT
Son las siglas para referirnos a los documentos oficiales que deben presentar las empresas cada mes: la Relación de Liquidación de Cotizaciones y la Relación Nominal de Trabajadores. Antiguamente, eran conocidos como TC1 y TC2, por lo que cumplen con la misma función.
En estos modelos deben aparecer el total de trabajadores de la empresa que hayan liquidado durante ese mes, aun cuando solo sea por unos días. Los pagos debes realizarlos el día 20 de cada mes si pagas por domiciliación. El plazo se extiende hasta el último día de cada mes si realizas transferencia bancaria.
Bonificaciones y reducciones relacionadas con la fiscalidad
El importe total de la cotización de cada trabajador puede sufrir deducciones. Las bonificaciones y reducciones rebajan esos porcentajes establecidos y su finalidad es disminuir los costes de los seguros sociales de las empresas para potenciar el acceso al trabajo de algunos colectivos sociales.
De esta forma, el Gobierno también incentiva la contratación de jóvenes, la conversión de contratos temporales en indefinidos, promueve reducciones para los autónomos, exonera del pago a trabajadores de más de 65 años o estimula la contratación en determinados sectores de la economía.
¿Cuáles son las sanciones si no se hace el pago a tiempo?
Si se te pasa el plazo reglamentario para realizar el pago a la Seguridad Social tendrás un porcentaje de recargo por la demora. Estos porcentajes varían entre un 3 % y un 20 %. De no presentarse cumplimentado el RNT, el recargo será de un 20 % al pagar la deuda en el plazo establecido, pero aumentará a un 35 % si se abona la deuda pasado el plazo. A esto deberás sumar los intereses por retraso en el pago que también se aplican.
Si no puedes cumplir con tus obligaciones con la S. S. existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento. Sin embargo, debes tener en cuenta que las cuotas correspondientes a accidentes laborales o a enfermedades profesionales no son aplazables, como tampoco lo son las aportaciones de los trabajadores de los regímenes general y asimilado.
Como hemos visto, el cálculo correcto de los seguros sociales es algo complicado si no estás familiarizado con los principales conceptos relacionados. Requiere atención y revisión constante de los diferentes aspectos que pueden variar de un mes a otro, pero con las claves que te hemos dado en este artículo podrás calcularlos más fácilmente la próxima vez.
Si aun así este tipo de tareas se te hacen cuesta arriba y prefieres delegar en un profesional, recuerda que en nuestro portal puedes encontrar
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