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Teletrabajo: cambios normativos para el 2021

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Teletrabajo: cambios normativos para el 2021

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La normativa que regula el teletrabajo entró en vigor el 13 de octubre del pasado año. Como bien sabes, esta modalidad no es nueva pero ha experimentado un enorme auge a raíz de la pandemia del coronavirus.

Vamos a ver en detalle cuáles son los cambios que se proponen desde el Gobierno para este 2021 y cómo pueden afectar a tu negocio si tienes empleados trabajando en remoto.

Teletrabajo y derechos laborales

Si esta pandemia nos ha enseñado algo bueno en el terreno laboral es que el teletrabajo funciona y se puede ser igual de productivo aunque se trabaje en remoto.

Por eso, el trabajo a distancia será una opción voluntaria para las empresas y los trabajadores. Y dicha alternativa no verá afectados los derechos laborales en cuanto a la retribución laboral, estabilidad, duración del empleo, la formación o promoción profesional, se refiere.

Esto abre el camino para una mayor flexibilidad laboral y de un paso más a favor de la conciliación familiar.

¿Dónde se recoge la normativa?

El Real Decreto-Ley 28/2020 recoge una exposición de razones que dan respuesta a las necesidades que encierra esta modalidad laboral. Así mismo, también aparece reflejado en el Artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.

Se entiende que esta forma de trabajo implica el uso de medios y sistemas informáticos o telemáticos desde el hogar. No obstante, ha surgido un conflicto entre el Gobierno y los sindicatos que entienden que la normativa debe aplicarse en aquellas empresas y trabajadores que implementasen el teletrabajo como medida preferente al comienzo del confinamiento.

¿Qué se considera teletrabajo?

Este marco regulatorio fija la obligatoriedad de firmar un acuerdo entre el empresario y el empleado si este trabaja más del 30 % de la jornada laboral en un periodo de tres meses.  

En un principio, esta tasa era del 20 %, pero se aumentó debido a las presiones de la patronal.

Acuerdo y duración

Como hemos visto, existe obligatoriedad de firmar un documento contractual que especifique esta modalidad de trabajo. En él deben aparecer de forma detallada las condiciones laborales, incluyendo la retribución, el tiempo de la jornada y la duración del contrato. 

El acuerdo entre empleador y trabajador deberá formalizarse y firmarse en un plazo de tres meses.

La empresa podrá adoptar todas las medidas que estime oportunas para la vigilancia y el control del cumplimiento de las obligaciones de los trabajadores en remoto, siempre teniendo en cuenta que no vulneren su derecho a la privacidad.

Inventario y gastos en el trabajo en remoto

El trabajador tendrá derecho al abono de los gastos relacionados con los equipos y herramientas de trabajo para poder desarrollar su actividad laboral de forma efectiva.

En este acuerdo de trabajo deberá contemplarse el inventario de todos los medios y equipos que se exigen para realizar el trabajo. También deberán incluirse los combustibles o mobiliario, así como la vida útil de estos o un periodo para su renovación. 

Horario, fichaje, disponibilidad y desconexión digital

Según los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva, hay que respetar los tiempos de disponibilidad obligatoria y el descanso. Por lo tanto, la persona que desarrolla el trabajo podrá flexibilizar el horario.

El sistema de registro horario debe contemplar el tiempo que el trabajador le dedica a la actividad laboral, por lo que hay que incluir el inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

Asimismo, se contempla el derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo según el artículo 99 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Por esta razón, resulta necesario que el horario sea específico y esté claramente identificado en el acuerdo laboral.

Protección de datos y seguridad de la información

El teletrabajo plantea algunos retos en cuanto al cumplimiento de la ley de protección de datos. Uno de los principales problemas que presenta esta opción es el traslado de la información que se necesita para trabajar en remoto. En este sentido, todos los datos que se comparten deben estar protegidos y se hace necesario usar una red privada o VPN (Virtual Private Network).

Esta opción es mucho más segura que si se almacena la información en la nube. La seguridad informática es clave y las empresas deben preocuparse por garantizarla porque los ciberdelincuentes buscan cualquier vulnerabilidad para apropiarse de datos confidenciales, un activo muy valioso en las empresas.

Ventajas de la plantilla híbrida

La adaptación urgente al teletrabajo que muchas empresas ha tenido que afrontar a la fuerza ha supuesto uno de los grandes desafíos logísticos del 2020. Una vez superado el reto y perfeccionado el sistema durante todos estos meses, el modelo de plantilla híbrida está siendo la principal apuesta para un gran número de negocios que han aprendido a sacar provecho de los beneficios del trabajo en remoto.

Este opción, que combina trabajadores presenciales y en remoto, demuestra que, aunque la transformación digital era una de las asignaturas pendientes de las empresas españolas, esta pandemia ha puesto de manifiesto que el trabajo en remoto de calidad es posible y que ofrece importantes ventajas como la reducción de costes para el empresario o la flexibilidad laboral para el trabajador.


Hasta aquí nuestro resumen de los principales cambios normativos relativos al teletrabajo en 2021. ¿A qué porcentaje de tu plantilla van a afectar? ¿Tu empresa va a apostar también por el modelo híbrido? 

Sea como sea, ten presente que tus trabajadores en remoto deben disponer de un contrato que refleje esta realidad. Si no cuentas con una asesoría de confianza, contacta con las que encontrarás en nuestro portal para que te ayuden. Pídeles presupuesto sin compromiso y ellas se encargarán de regularizar la documentación necesaria en el menor tiempo posible.

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